COOPERATIVA DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN OFICIAL DEL TOLIMA "CODETOL"

Calle 10 N. 3-34
Edificio UCONAL

Ibagué - Tolima - Colombia

Horario de Atención

Lunes a Jueves

8:00 am - 11:00 am

2:00 pm - 5:00 pm

Viernes

8:00 am-11:00 am

2:00pm - 4:00pm

Seguro Funerario Los Olivos

SEGURO FUNERARIO LOS OLIVOS


Es un seguro funerario con los Olivos a nivel nacional en donde se ampara el servicio exequial del titular y sus beneficiarios.


Vigencia: La póliza Exequial de Los Olivos tendrá un periodo de vigencia anual del 1 de Enero del 2021 al 1 de Enero del 2022. Se podrá cancelar la anualidad de la póliza o si se prefiere mensual. Cuando se requiera el servicio Exequial el asociado titular o sus familiares deberán cancelar el total de la anualidad para el cubrimiento de la póliza Exequial.


• LÍNEA DE ATENCIÓN LOS OLIVOS: LÍNEA FIJA 2771001


PRIMA MENSUAL A PAGAR POR EL ASOCIADO: $14.000 Grupo Primario

Grupo Primario: Titular, cónyuge o compañero (a), padres, hijos hasta los 30 años.


  • Adicional Mayor: beneficiario adicional mayor de 30 años y máxima hasta los 65 años, se pagará por este adicional el valor de $5.300
  • Adicional Menor: beneficiario adicional en donde su edad máxima será de 30 años, se pagará por este adicional el valor de $2.800
  • • Beneficiarios: podrán ser beneficiarios los relacionados a continuación de acuerdo con el estado civil del afiliado titular.

Seguro Funerario Los Olivos Codetol Cooperativa del Tolima
GRUPO FAMILIAR
PARENTESCO EDAD MAX. DE INGRESO CARENCIA
Afiliado principal Sin límite de edad 30
Padres Sin limite de edad 30
Conyuge Sin límite de edad 30
Hijos Menor de 30 30
Hijos con incapacidad total o permanente Menor de 65 años 30
Adicional mayor Hasta los 65 años 120
Adicional Menor Hasta los 30 años 120

OBSERVACIONES

  1. • Los hermanos tienen cubrimiento si el asociado es soltero y sin hijos
  2. • La incapacidad física o mental deberá ser demostrada mediante certificación expedida por institución médica competente.
  3. • Al cumplirse los límites de edad los hijos y hermanos que estén como beneficiarios del plan exequial y que hayan cumplido los 30 años, pasarán como adicionales mayores siempre y cuando exista autorización expresa del titular del plan, de lo contrario no tendrá cobertura alguna.
  4. • En caso de fallecimiento de uno de los padres se podrá reemplazar por uno de los suegros únicamente en la renovación anual.
  5. • El beneficiario que registre como cónyuge deberá estar previamente inscrito, con anticipación no menor a treinta (30) días antes de la solicitud del servicio funerario; no se podrá inscribir más de un beneficiario en calidad de cónyuge.
  6. • Tienen cubrimientos como adicionales, las personas que tengan hasta el tercer grado de consanguinidad y/o afinidad con el afiliado principal, y el personal del servicio doméstico, el cual deberá demostrar la relación laboral.
  7. • Se considera adicional mayor, personas que tengan más de treinta (30) años hasta los sesenta y cinco (65) años de edad para ingreso.
  8. • Se considera adicional menor, las personas que tenga hasta treinta años (30) de edad, mayor a esta edad será considerado adicional mayor, para efectos del pago de la cuota.
  9. • En caso de fallecimiento del afiliado principal o de alguno de sus beneficiarios adicionales, Serfuncoop gestionará con la familia durante la coordinación del homenaje, el valor que se deberá cancelar por esa persona fallecida hasta el final de la vigencia.

CONDICIONES GENERALES PLAN INTEGRAL


Clausula Primera: Coberturas. Cubrimiento de los gastos funerarios en que se incurra por el fallecimiento de cualquiera de las personas que tengan la calidad del afiliado y/o sus beneficiarios conforme a las condiciones, coberturas y obligaciones emanadas del contrato.

  • • Cubrimiento del servicio dentro del territorio nacional.
  • • Servicio exequial dentro de la red de los Olivos
  • • Bóveda temporal hasta por cuatro (4) años, en cementerios donde se tenga convenio.
  • • Se incluye osario, de acuerdo con los convenios que tenga la Red Nacional Los Olivos, hasta por la suma equivalente a 0.5 SMMLV, siempre que el grupo familiar haya continuado afiliado ininterrumpidamente hasta el momento de exhumación de los restos.
  • • Cremación en cementerios privados, distritales o municipales, de acuerdo con los convenios que tenga la red Nacional Los Olivos hasta por la suma de 2.3 SMMLV.
  • • se incluye cenizario de acuerdo con los convenios que tenga la Red Nacional de los Olivos, hasta por la suma equivalente a 0.5 SMMLV.
  • • Si el afiliado contratante es propietario de lote ó bóveda se pagarán, por concepto de derechos de administración del Campo Santo, hasta por la suma de 1.5 SMMLV.

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